Que es una declaratoria de heredero

Declaratoria de herederoLa declaratoria de herederos es el acto con el que culmina un proceso legal denominado SUCESIÓN INTESTADA. Por medio de este proceso, un notario o juez competente determinan quien o quienes son los familiares llamados a heredar tras la muerte del causante.

Se debe acudir a este proceso toda vez que el causante no haya elaborado un testamento o, en caso lo haya hecho, este adolezca de algún defecto o vicio que lo invalide

Lo que dice la ley de declaratoria de herederos en Perú

Las reglas por las cuales se rige el proceso de sucesión intestada – el cual culmina con la declaración de herederos- las podemos encontrar en el Código Civil y en Código Procesal Civil. Las que a saber son:

  1. Se debe buscar una declaratoria de herederos cuando no exista testamento o cuando el que exista adolezca de algún defecto o vicio que lo invalide.
  1. Para ser declarado heredero se debe acudir a un proceso de sucesión intestada, ya sea por la vía judicial o la notarial.
  1. Solo pueden ser declarados herederos los parientes del causante. Para determinar a qué pariente se le prefiere en el reparto de la herencia la ley establece una lista de prioridad. (ver apartado: ¿Quiénes son los herederos legales?).

Quiénes son los herederos legales

Son aquellos cuya condición de herederos es declarada por una autoridad judicial o por un notario competente a falta de un testamento o porque el que existe no es válido.

Como lo adelantamos, solo pueden ser herederos legales los parientes del causante. Asimismo, señalamos que la ley “prefiere” a algunos parientes antes que otros al momento de la adjudicación de la herencia.

Dicho orden de preferencia es el siguiente:

  1. Los primeros en heredar son los hijos y demás descendientes como los nietos. A estos se les considera como herederos de primer orden.
  1. En caso de que no exista ningún pariente del primer orden, entonces los llamados a heredar son los padres y demás ascendientes como los abuelos. A estos se les considera como herederos de segundo orden.
  1. En caso de que no exista ningún pariente del segundo orden, los llamados a heredar son el cónyuge y el integrante sobreviviente de la unión de hecho (el concubino). A estos se les considera como herederos de tercer orden.
  1. En caso de que no exista ningún pariente del tercer orden, los llamados a heredar son los hermanos. A estos se les considera como herederos del cuarto orden
  1. En caso de que no exista ningún pariente del cuarto orden, los llamados a heredar son los tíos y sobrinos. A estos se les considera como herederos del quinto orden.
  1. En caso de que no exista ningún pariente del quinto orden, los llamados a heredar son los primos hermanos, tíos abuelos y sobrinos nietos. A estos se les considera como herederos del sexto orden.

Efectos de la declaratoria de herederos

Con la declaración de herederos se obtiene la certeza legal sobre a qué parientes se le transmitirá el patrimonio del familiar fallecido.

Siendo así, cuando se obtiene la sentencia judicial o el acta notarial que contiene la declaratoria de herederos, el familiar beneficiado con la herencia puede hacer uso de la misma en nombre propio.

Requisitos para la declaratoria de herederos

Para que se lleve a cabo la declaratoria de herederos es indispensable acudir a un proceso de sucesión intestada.

Este proceso puede ser seguido, ya sea por la vía judicial o por la vía notarial. Al margen de ello, los requisitos esenciales, necesarios para cualquiera de las dos vías son los siguientes:

  1. Verificar que nos encontremos en alguno de los supuestos de sucesión intestada previstos en el artículo 815 del Código Civil.
  1. Redactar una demanda o solicitud de sucesión intestada y enviarla al juez o notario competente.
  1. Copia certificada de la partida de defunción del causante o declaración judicial de muerte presunta.
  1. Copia certificada de la partida de nacimiento de presunto heredero.
  1. Relación de los bienes conocidos.
  1. Certificación judicial de que no hay testamento inscrito en el lugar del último domicilio.

La declaratoria de herederos judicial

La demanda de declaratoria de herederos

Declartatoria de herederos - PerúEl primer paso para llevar a cabo la declaratoria de herederos por la vía judicial es la interposición de una demanda de sucesión intestada ante el juez competente.

Dicha demanda debe ser redactada por un abogado especialista en derecho de familia o sucesiones y, además, debe cumplir los siguientes requisitos:

  1. Debe designar al juez al que debe ser dirigida.
  2. Debe exponer los hechos que sustentan el pedido. Es decir, debe indicar que se solicita la declaratoria de herederos en vista de que el causante no ha dejado testamento alguno o que el que dejo ha sido declarado nulo (o cualquiera de los supuestos de sucesión intestada).
  3. Debe invocar los artículos que sustentan el pedido de sucesión intestada.
  4. Debe anexar los documentos mencionados en el apartado anterior: Copia certificada de partida de defunción , copia certificada de la partida de nacimiento del futuro herderos,etc

La declaratoria de herederos notarial

Con la finalidad de agilizar la trasmisión de los derechos hacia los sucesores se implementó el proceso de sucesión intestada notarial como una nueva forma de obtener la declaratoria de herederos.

Esta nueva vía, se caracteriza por ser menos engorrosa y extensa que la vía judicial. El proceso se inicia con la presentación de una solicitud ante un notario competente y culmina con la elaboración de un acta notarial que contiene la declaratoria de herederos.

La solicitud de declaratoria de herederos

Como lo anotamos, el proceso de sucesión intestada por la vía notarial que tiene por finalidad la declaratoria de herederos, inicia con presentación de una solicitud ante un notario competente.

La solicitud debe ser elaborada por un abogado especialista y debe cumplir con los siguientes requisitos:

  1. El nombre del causante.
  2. Copia certificada de la partida de defunción o la declaración judicial de muerte presunta
  3. Copia certificada de la partida de nacimiento de presunto heredero o de los herederos, o documento público que contenga el reconocimiento o la declaración judicial, si se trata de hijo extramatrimonial o adoptivo.
  4. Partida de matrimonio, si fuera el caso.
  5. Relación de los bienes conocidos.
  6. Certificación registral en la que conste que no hay testamento u otro proceso de sucesión intestada; en el lugar del último domicilio del causante y en aquél donde hubiera bienes inscritos.

Inscripción de declaratoria de herederos

La sentencia o acta notarial que contiene la declaración de herederos se constituye como título válido y suficiente para ejercer el derecho de propiedad.

Ahora bien, tras la obtención de la sentencia, el siguiente paso es su inscripción en el registro de sucesiones intestada, a efectos de perfeccionar el derecho de propiedad que se ha obtenido como resultado de la trasmisión.

Declaratoria de herederos: costo

El costo de la declaratoria de herederos variará en función de la vía que se haya elegido para tramitarla. El costo por la vía notarial asciende a aproximadamente a 1000 o 1200 soles; por otro lado, el costo en la vía judicial puede ser menor.

Vale recordar que al monto mencionado debe añadírsele los honorarios del abogado que lo esté asesorando.

Porque es mejor pasar por un abogado de familia para la declaración de herederos

Los ciudadanos no debemos correr riesgos al momento de pretender el reconocimiento de nuestros derechos sucesorios.

Por ello, consideramos que resulta imprescindible acudir a un abogado de familia, ya que, solamente un especialista se encontrará en la capacidad de encargarse de la reunión correcta de los requisitos exigidos por la ley, de redactar una solicitud adecuada y de seguir paso a paso el procedimiento legal correspondiente.

Modelo de solicitud declaratoria de herederos

SECRETARIO :
EXPEDIENTE :
CUADERNO : PRINCIPAL
ESCRITO : NRO. 01

SOLICITA INICIO DE PROCESO DE SUCESIÓN INTESTADA

AL JUZGADO CIVIL DE…

Yo, Juan Ignacio Toledo Castañeda, identificado con D.N.I. Nro. _________ domiciliado en_____ señalando domicilio procesal en___; atentamente digo:

I. VÍA PROCEDIMENTAL Y PETITORIO

Que, en VÍA DE PROCESO NO CONTENCIOSO, solicito el inicio del proceso de sucesión intestada de don___________, a fin que se me declare heredero legal de dicha persona, conjuntamente con los Señor___________, con domicilio en__________respectivamente, a quienes se deberá notificar de la presente solicitud no contenciosa.

II. COMPETENCIA

Es competente el Juzgado Civil de…:

III. FUNDAMENTOS DE HECHO

1. Que, el día_________falleció en esta ciudad don_____sin que en vida haya tenido oportunidad de dejar testamento alguno , tal como consta en ___________

2. Que, debido a ellos es que solicita el inicio del presente proceso de sucesión intestada con la finalidad de que, en su oportunidad, se declare heredero legal de dicha persona al recurrente en su calidad de_________ del causante, y también a los Señores________ en su calidad de______ respectivamente, del causante.

3. Que, se deja constancia que el causante ha dejado a su muerte los bienes que se describen en la respectiva relación ofrecida como prueba en el punto ______________

IV. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA

Fundamento mi petitorio en lo previsto en las siguientes normas legales:

ARTÍCULOS 660, 815, 816 Y 830 DEL CODIGO CIVIL

Si necesita Ud. asesoría con un abogado especialista para su declaratoria de herederos…

¡CONTACTENOS AHORA SIN COMPROMISO!

  • Llámenos a nuestra Central Telefónica (511)  330-6584
  • Visítenos en nuestras oficinas sito en la calle Natalio Sánchez 251 Of. 902 Jesús María (Altura de la cuadra 6 de la Av. Arenales)
  • Enviénos su consulta a través del siguiente formulario:

    Para saber más con un abogados de herencias.